¿Qué es la Guía de Mineral?
Es el documento que ampara a todo traslado de minerales dentro de la provincia y por cualquier medio.
¿Qué minerales ampara la guía?
Todas las sustancias minerales de cualquiera de las categorías indicadas en el Código de Minería, como asimismo sus subproductos triturados, molidos o en bloque. Están comprendidos, entre otros materiales, arena, grava, tosca, suelo seleccionado, piedra y áridos en general, arcilla, conchilla, sales, yeso, etc.
¿Quién está obligado a utilizar las Guías de Mineral?
Toda persona física o jurídica que transporte o comercialice los materiales referidos (productores mineros, centros de distribución o acopio, corralones, etc.).
¿Qué medios de transporte están alcanzados?
Debe estar amparado por una Guía tanto el transporte carretero (camión), como el realizado por ferrocarril y por embarcación.
¿Los minerales provenientes de otra provincia tienen que tener guía?
En el caso de los minerales que ingresen al territorio provincial, provenientes de otra jurisdicción, sea con destino local o en tránsito a otra, el interesado tiene la obligación de visar ante la autoridad competente, la correspondiente documentación, a su entrada a la Provincia.
¿Qué requisitos son necesarios para poder emitir Guías de Mineral?
Para ello debe estar inscripto ante la Dirección General de Minas y Geología Provincial, sea como productor minero (en el Registro de Productores Mineros) o como comerciante.
¿Cómo se emiten las Guías?
Solicitadas por nota modelo y con firma de la planilla de solicitud, se entregan los talonarios de guías de mineral.
¿Tiene el transportista la obligación de portar la Guía de Mineral?
Sí, tiene que portar el duplicado, el que acompañará la carga y será indefectiblemente entregado al destinatario. El original será retenido por el despachante del mineral (empresa-firma) que remitirá a la Dirección General de Minas y Geología dentro de los primeros 15 días del mes siguiente para rendir la producción mensual (extracción y venta de productos amparados).
¿Qué plazo de duración tiene la Guía emitida?
La Guía emitida tiene una validez de hasta 24 horas, cuando el destino está dentro de los 20 km del yacimiento, o 48 hs cuando el destino se encuentre a más de 20 km.
¿Una Guía de mineral puede contener más de un mineral transportado?
No. Una guía ampara el transporte de un solo mineral y un solo destinatario.
¿Quiénes están obligados a exhibir la Guía de Mineral?
Los productores mineros, transportistas, comerciantes y cualquier adquirente (destinatario) de minerales (dador de la carga, transportista, distribuidor, acopiador, receptor de la carga, etc.).
¿Cuáles son las autoridades que pueden fiscalizar las Guías de mineral?
La policía Minera y la policía provincial.
¿Cuáles son las infracciones?
Las principales infracciones son cargar, transportar o recibir minerales sin guías, exceso de carga no declarada y guías incompletas.
¿Qué tipo de sanciones se pueden aplicar por la comisión de infracciones?
Las sanciones se aplican según el tipo y gravedad de la infracción cometida. Las que pueden ir desde multas hasta el secuestro de la carga.
¿Existe el pago anticipado de una infracción, para evitar la multa?
Sí, se puede realizar el pago voluntario dentro de los 15 días de labrada un acta de infracción, abonando la mitad del mínimo de la multa aplicable.