El Ministerio de Industria brega por el adecuado funcionamiento de las plantas productivas y la seguridad del entorno laboral y su contexto.

El Ministerio de Industria comunica a todas las empresas que la Ley XVI-N° 104 de la Provincia de Misiones establece el Régimen de funcionamiento e instalación de todo equipo de presión, que comprende a calderas, compresores de aire, autoclaves, equipos de amoníacos y cloro, equipos para recauchutado de cubiertas, pailas a presión, entre otros.

La Autoridad de Aplicación es el Departamento de Control de Calderas, dependiente de la Dirección General de Industria.

Todos los controles, pruebas hidráulicas, ensayos de ultrasonido y análisis fisicoquímicos de agua de operación deben ser realizados por profesionales autorizados por el Ministerio de Industria.

La inscripción en el Registro de Control de Aparatos Sometidos a Presión (ASP) es obligatoria.

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO ASP:

INSCRIPCIÓN PRIMERA HABILITACIÓN:

  1. Nota modelo de solicitud de Registro de Aparato Sometido a Presión - ASPclick aquí
  2. Formulario FORM-CC01-Registro Calderas.click aquí
  3. Presentar en Mesa de Entrada del Ministerio de Industria la nota (por duplicado) y el Formulario CC01, junto con los requisitos establecidos en dicho documento.
  4. Abono de Tasa Sellado y Arancel emitido por el Departamento de Control de Calderas.
  5. Poseer Certificado de Radicación y Habilitación Industrial. En caso de no cumplir este requisito, deberá iniciar previamente el trámite de Radicación descrito en la sección de Radicación y Habilitación de Industrias. click aquí (https://www.industria.misiones.gob.ar/tramites/ryhindustrial)
  6. Presentar Informe Técnico de Evaluador Externo habilitado.
  7. Cumplido lo establecido en la legislación vigente se emitirá habilitación por cada equipo solicitado, con vigencia de un año.

RENOVACIÓN HABILITACIÓN:

  1. Nota modelo de Solicitud de Registro de Aparato Sometido a Presión - ASP click aquí
  2. Abono de Tasa Sellado y Arancel emitido por el Departamento de Control de Calderas.
  3. Presentar Informe Técnico de Evaluador Externo habilitado.
  4. Cumplido lo establecido en la legislación vigente se emitirá renovación de la habilitación por cada equipo solicitado, con vigencia de un año.

PROFESIONALES HABILITADOS

La Resolución N°55/2012 de la Ley XVI- N°104, en su Artículo 5° inciso e) establece que la documentación que presente el fabricante llevará la firma de un profesional de la ingeniería habilitado a tal efecto, que actuará como representante técnico ante las dependencias de la Autoridad de Aplicación. Asimismo, el Artículo 89 inciso b) instituye la creación del Registro de profesionales de la Ingeniería matriculados (Evaluador Externo), con incumbencias en lo que respecta a Aparatos Sometidos a Presión (ASP).

Por medio del Convenio de Asistencia Mutua entre el Ministerio de Industria de Misiones y el Consejo Profesional de Ingeniería de Misiones, se establece que los Informes Finales realizados por Evaluadores Externos matriculados con incumbencia en el tema, deberán contar con el visado del Consejo Profesional de Ingeniería de Misiones (CPAIM) antes de su presentación en la Dirección General de Industria. Caso contrario, no serán admitidos para el trámite requerido.

El listado de Evaluadores Externos matriculados habilitados por el CPAIM puede ser consultado en el sitio web del Colegio Profesional. (aquí)

INFORMES TÉCNICOS

El Evaluador Externo actuante realizará la auditoría y confeccionará un Informe Técnico siguiendo los procedimientos indicados (aquí) [PDF] y conteniendo la información mínima obligatoria indicada en el Formulario CC12 “Carátula de Informe Técnico de Evaluador Externo”. [DOC]
Tanto el Informe Técnico de Evaluador Externo como la Carátula del Informe Técnico de Evaluador Externo contendrán, al menos, en su última página la firma y aclaración del titular de la empresa o quien se encuentra debidamente autorizado para actuar en nombre de ella. La firma y aclaración del profesional actuante estará presente en todas las páginas que comprende la documentación técnica.

LEGISLACIÓN VIGENTE:

 

CONTACTO:

Teléfono: 0376) 444-7589. Interno 2011

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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Horarios de atención: Lunes a Viernes de 06:30 a 12:30 horas.